Tipos de Cobranza Judicial
Existen diferentes procedimientos de cobranza judicial según el tipo de deuda y los antecedentes disponibles. El juicio ejecutivo procede cuando existe un título ejecutivo como pagaré, letra de cambio, cheque protestado, escritura pública o sentencia firme. Es un procedimiento rápido y efectivo con plazos acotados que permite embargar bienes del deudor inmediatamente. El deudor tiene solo 4 días para oponerse mediante excepciones limitadas. El juicio ordinario de mayor cuantía procede cuando no existe título ejecutivo o la deuda supera las 500 UTM. Es más largo pero permite probar la deuda mediante diversas pruebas.
-
Juicio Ejecutivo: rápido y efectivo cuando existe título ejecutivo (pagaré, cheque protestado, etc.)
-
Juicio Ordinario: cuando no existe título ejecutivo, requiere probar la deuda (1 a 3 años)
-
Juicio de Mínima Cuantía: procedimiento simplificado para deudas menores a 10 UTM
-
Gestión Preparatoria de la Vía Ejecutiva: procedimiento previo para crear título ejecutivo
-
El juicio ejecutivo permite embargo inmediato de bienes y plazos muy acotados (4 días oposición)
-
Duración juicio ejecutivo: 3 a 12 meses; juicio ordinario: 1 a 3 años según complejidad
El juicio ejecutivo es significativamente más rápido (3-12 meses) que el ordinario (1-3 años). La elección del procedimiento adecuado es crucial para la efectividad del cobro y depende de los documentos disponibles que respalden la deuda.