Tipos de Violencia Intrafamiliar
La ley reconoce diferentes formas de violencia intrafamiliar, todas sancionables y merecedoras de protección. La violencia física incluye golpes, empujones, zamarreos, bofetadas, patadas, tirones de pelo, quemaduras, heridas con armas, asfixia parcial, lanzamiento de objetos, encierros forzados, y cualquier acción que cause daño corporal. La violencia psicológica abarca insultos y humillaciones sistemáticas, amenazas de daño, control excesivo y aislamiento, desvalorización y menosprecio constante, intimidación y generación de miedo, manipulación emocional, y destrucción de objetos personales valorados.
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Violencia física: golpes, heridas, lesiones corporales de cualquier naturaleza
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Violencia psicológica: amenazas, insultos, humillaciones, control, aislamiento
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Violencia sexual: imposición de actos sexuales no consentidos, abuso sexual
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Violencia económica: control del dinero, impedimento de trabajar, privación de recursos
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Violencia patrimonial: destrucción de bienes, apropiación indebida de propiedades
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Todas estas modalidades están protegidas por la Ley 20.066 y justifican medidas de protección
No es necesario que existan lesiones físicas visibles para configurar VIF. La violencia psicológica sistemática y las amenazas graves también constituyen violencia intrafamiliar sancionable y ameritan medidas de protección inmediatas.