Delito de Injuria
La injuria se define como toda expresión verbal o escrita, o cualquier acción ejecutada con el propósito de deshonrar, desacreditar o menospreciar a otra persona. El elemento central es la intención de lesionar el honor o la reputación ajena mediante manifestaciones ofensivas. Para configurar injuria debe existir ánimo de injuriar (animus injuriandi), es decir, intención de ofender. Las expresiones que no tienen ese propósito, aunque puedan resultar molestas, no constituyen delito.
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Injuria verbal: Expresiones ofensivas proferidas oralmente en presencia de la víctima o terceros
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Injuria escrita: Manifestaciones injuriosas en documentos, cartas, mensajes o publicaciones
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Injuria por acción: Gestos, ademanes o actos físicos destinados a humillar o deshonrar
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Injuria grave: Ofensas de mayor entidad que afectan seriamente la dignidad o reputación
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Injuria leve: Expresiones ofensivas de menor gravedad según el contexto social
Las penas varían según gravedad y publicidad: injuria leve sin publicidad implica multa; injuria grave sin publicidad implica reclusión menor en su grado mínimo (61 días a 540 días) o multa; injuria con publicidad implica reclusión menor en su grado medio (541 días a 3 años) y multa. La calificación de si una expresión constituye injuria depende del contexto, las circunstancias y los estándares sociales de la época.